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Acuerdo de 15 de septiembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.


TÍTULO VII.
DE LOS SERVICIOS COMUNES.

CAPÍTULO I.
SERVICIOS COMUNES PROCESALES.

Artículo 103.

Los Servicios Comunes procesales son unidades de la Oficina judicial que, asumiendo labores centralizadas de gestión y apoyo en actuaciones procesales, prestan servicio a todos o alguno de los órganos judiciales de su ámbito territorial, cualquiera que sea el orden jurisdiccional al que pertenezcan y la extensión de su jurisdicción.

Artículo 104.

1. Cada servicio común procesal estará dirigido por un secretario judicial, que, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas y decisiones pertinentes para dar cumplimiento a las órdenes y circulares de sus superiores jerárquicos, y dictará las resoluciones precisas para hacer cumplir las decisiones adoptadas por Jueces y Tribunales en el ejercicio de su potestad jurisdiccional.

2. El resto de secretarios judiciales y los funcionarios que ocupen los puestos de trabajo previstos en la respectiva norma de creación de cada servicio común procesal dependerán funcionalmente de aquél.

Artículo 105.

Las Salas de Gobierno de las Audiencias y Tribunales, y las Juntas de Jueces podrán proponer al Ministerio de Justicia y a las comunidades autónomas la creación de servicios comunes, poniéndolo en conocimiento del CGPJ.

La propuesta de creación deberá ser suficientemente motivada e incorporará los antecedentes necesarios, así como un informe sobre las necesidades específicas, la conveniencia del establecimiento del servicio para el mejor funcionamiento de la Administración de Justicia y la incidencia que el mismo pueda tener en el funcionamiento de los órganos judiciales afectados por su implantación.

Artículo 106.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial podrá dictar las instrucciones que considere necesarias para garantizar la correcta coordinación, conexión e interrelación entre las unidades procesales de apoyo directo y los servicios comunes procesales, y la homogeneidad en las actuaciones de los servicios comunes de la misma clase en todo el territorio nacional.

Las referidas instrucciones en ningún caso podrán incidir en el ejercicio de la función jurisdiccional o en las competencias de las Administraciones Públicas en el ámbito de la Administración de Justicia.

Para garantizar la adecuada coordinación de los servicios comunes podrán constituirse comisiones de seguimiento integradas por miembros de las Administraciones Públicas y representantes de los órganos de gobierno del Poder Judicial. En estas comisiones se integrará el Juez Decano de los órganos jurisdiccionales del Partido Judicial donde radique el servicio común.

CAPÍTULO II.
OFICINAS COMUNES DE APOYO.

Artículo 107.

Las oficinas comunes de apoyo a una o varias oficinas judiciales, creadas por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos, dentro de las Unidades Administrativas, prestarán los servicios y realizarán las funciones precisas o convenientes para el mejor funcionamiento de las oficinas judiciales, siempre que no tengan naturaleza procesal y que la Ley Orgánica del Poder Judicial no atribuya como propias a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.

Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento y, expresamente, el Reglamento 5/1995, de 7 de junio, de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales.

DISPOSICIÓN FINAL.

El presente Reglamento entrará en vigor a los treinta días naturales de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 15 de septiembre de 2005.

 

El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
Hernando Santiago.

Cuadro actualizado de las disposiciones reglamentarias vigentes del Consejo General del Poder Judicial, publicado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2, apartado 2 del Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995.

A. REGLAMENTOS Y ACUERDOS REGLAMENTARIOS DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.

Reglamento nºTítuloFecha de aprobación y publicaciónModificaciones
1/1986Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial.22-4-1986
(B.O.E. 5-5-86)
Artículo 118: El Reglamento 1/1998, de tramitación de quejas y denuncias, adiciona el nuevo artículo 122 bis.
Artículo 120: modificado por acuerdo del Pleno de 28-1-1987 (B.O.E. de 2-2-87).
Artículos 121, 140: afectados por la Ley Orgánica 16/1994, que da una nueva redacción al artículo 146 de la Ley Orgánica 6/1985.
Artículos 157 y 168: la referencia hecha en ellos a la Ley de Procedimiento Administrativo debe entenderse hecha a la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 Acuerdo por el que se ordena la publicación de los Reglamentos de la Carrera Judicial (1/1995), de la Escuela Judicial (2/1995), de los Jueces de Paz (3/1995), de los Órganos de Gobierno de Tribunales (4/1995), y de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales (5/1995).7-6-1995
(B.O.E. 13-7-1995)
Modificado por el Acuerdo de 20-12-1995 (B.O.E. de 28-12-1995), 20-3-1996 (B.O.E. de 28-3-1996) en el particular relativo a la entrada en vigor del Reglamento 5/1995 y por el de 26-7-2000, en el particular relativo a la derogación del Reglamento 4/1995.
1/1995Reglamento de la Carrera Judicial.7-6-1995 (B.O.E. 13-7-1995)Título VIII (artículos 170 a 173) modificado por Acuerdo del Pleno de 10-12-1997 (B.O.E. de 29-12-1997).
Artículos 48.4 y 5, 172, 249.1 y 3 y 250.2: por acuerdo de la Comisión Permanente de 9-6-1998 se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección 7ª de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 15-10-97.
Título III (artículos 108 a 114): modificado por Acuerdo del Pleno de 25-2-1998 (B.O.E. de 6-3-1998).
El Tribunal Supremo, Sala 3ª, Sección 7ª, en sentencia de 15-10-1999 desestima el recurso 174/98 presentado por la asociación profesional Unión Judicial Independiente contra el acuerdo anterior.
El Tribunal Supremo, Sala 3ª, Sección 7ª, en sentencia de 21-10-99 desestima el recurso 165/98 presentado por la Asociación de Jueces y Magistrados F. Contra el acuerdo anterior.
Artículos 98 a 104: modificados por acuerdo del Pleno de 14-10-1998 (B.O.E. de 26-10-1998), que también introduce una disposición transitoria.
Artículos 31, 32, 33 y 48 afectados por el Reglamento de Jueces Adjuntos.
Por Acuerdo del Pleno de 7 de marzo de 2001 (B.O.E. de 13.3.2001) se derogan los artículos 4 a 30, suprimiéndose igualmente las remisiones que a los referidos preceptos se efectúan en otros artículos del Reglamento.
Por Acuerdo del Pleno de 6 de noviembre de 2001 (B.O.E. de 21.11.2001) se modifican los artículos 131.2, regla 4ª, 132, 133.1 y 143.5, añadiendo un nuevo artículo 133 bis y un nuevo apartado 8 al artículo 143, todos ellos relativos a Magistrados suplentes y Jueces sustitutos.
Por Acuerdo del Pleno de 19 de junio de 2002 (B.O.E. de 29.11.2002) se modifican los artículos 249, 250 y 252, relativos a permisos y licencias.
Por Acuerdo del Pleno de 12 de febrero de 2003 (B.O.E. de 22.2.2003) se adiciona un nuevo apartado 4 al artículo 252, relativo a licencias por circunstancias personales y familiares.
Por Acuerdo del Pleno de 12 de marzo de 2003 (B.O.E. de 21.3.2003) se modifican los artículos 33, 130 y 199, creando un nuevo Título V de los Jueces en expectativa de destino.
Por Acuerdo del Pleno de 23 de septiembre de 2003 (B.O.E. de 3/10/2003) se incorpora un nuevo capítulo V (Artículo 104 bis 1 a 104 bis 11), especialización en asuntos de lo mercantil, pasando el V a ser V bis.
Por Acuerdo del Pleno de 25 de febrero de 2004 (B.O.E. de 28/2/2004) se modifican diferentes artículos referentes al tiempo mínimo de permanencia en los destinos y provisión de plazas.
2/1995Reglamento de la Escuela Judicial.7-6-1995
(B.O.E. 13-7-95)
Artículos 10, 39, 40, 41, 42 y 43 afectados por el Reglamento de Jueces Adjuntos.
Por Acuerdo del Pleno de 8 de mayo de 2002 (B.O.E. de 17.5.2002) se adiciona al número 1 del artículo 4 un nuevo apartado referente a la incorporación de un nuevo miembro al Consejo Rector de la Escuela.
3/1995Reglamento de los Jueces de Paz.7-6-1995
(B.O.E. 13-7-1995)
 
4/1995Reglamento de los Órganos de Gobierno de Tribunales.7-6-1995
(B.O.E. 13-7-1995)
Derogado por el Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales.
5/1995Reglamento de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales.7-6-1995
(B.O.E. 13-7-95)
Por acuerdo del Pleno de 18-6-1997 (B.O.E. de 2-7-1997) se adiciona un nuevo capítulo al Título Primero (Capítulo I-Bis, que se integra por el artículo 5 bis).
La sentencia de la Sala 3ª, Sección 7ª, de 7 de febrero de 2000 desestima el recurso interpuesto contra el citado acuerdo de 18 de junio de 1997.
La sentencia de 26 de mayo de 1998, de la Sección 7ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, declara la nulidad parcial de los artículos 51.2 y 53.1.
La sentencia de 30-9-1998, Sección 7ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, desestima el recurso interpuesto contra los artículos 49.2, 51.1 y 53.1.
Por acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 14 de abril de 1999 (B.O.E. de 5-5-1997) se adiciona el Título VII con la denominación De los Servicios Comunes.
Por Acuerdo del Pleno de 10 de enero de 2001 (B.O.E. de 12.1.2001) se modifican los artículos: 37, número 1; 40, números 3 y 4, y 41.
Se adiciona al Capítulo II, Normas particulares, del Título III, Del servicio de guardia, una nueva Sección, integrada por un nuevo artículo 59 bis.
Por Acuerdo del Pleno de 21 de marzo de 2001 (B.O.E. de 29.3.2001) se modifica el artículo 41.
Por Acuerdo del Pleno de 8 de mayo de 2002 (B.O.E. de 17.5.2002) se adiciona un apartado 5 al artículo 59 bis referente al servicio de guardia de los juzgados de menores y celebración de juicios inmediatos.
Por Acuerdo del Pleno de 26 de febrero de 2003 (B.O.E. de 10.3.2003) se modifica el artículo 8 y Título III, Del servicio de guardia, en los artículos 37.2 y 3, 38, 40, 42, 44, 46 y 47, del Capítulo I Normas Generales, y los artículos 48 a 59 del Capítulo II, normas Particulares.
Por Acuerdo del Pleno de 28 de mayo de 2003 (B.O.E. de 4.6.2003) se añade al capítulo II del Título IV una nueva Sección Tercera, De la Red Judicial Española de Cooperación Judicial Internacional (artículo 76 bis 1 a 76 bis 5).
Por Acuerdo del Pleno de 27 de abril de 2005 (B.O.E. de 7.5.2005) se modifican los artículos 40 y 47).
1/1997Reglamento del Centro de Documentación Judicial.7-5-1997
(B.O.E. 23-5-1997)
Por acuerdo del Pleno de 18 de junio de 1997 (B.O.E. de 23.5.1997) se aprueba la Instrucción sobre remisión de sentencias judiciales al CGPJ para su recopilación y tratamiento por parte del Centro de Documentación Judicial.
La sentencia de la Sala 3ª, Sección 7ª, de 7 de febrero de 2000 desestima el recurso interpuesto contra el citado acuerdo de 18 de junio de 1997.
1/1998Reglamento de tramitación de quejas y denuncias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales.2-12-1998
(B.O.E. 29.1.1999)
La disposición adicional única del Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 14 de abril de 1999 por el que se adiciona el Título VII del Reglamento 5/1995, dispone la aplicación de esta norma reglamentaria al Reglamento de Tramitación de Quejas y Denuncias, especialmente en los aspectos referidos a las competencias para la creación de servicios comunes.
Por acuerdo del Pleno de 22 de septiembre de 1999 (B.O.E. de 19.10.1999) se aprueba la Instrucción 1/1999 que contiene el protocolo de servicios y los formularios de tramitación de quejas y reclamaciones y previa información al ciudadano.
1/2000Reglamento de los Órganos de Gobierno de Tribunales.26.7.2000
(B.O.E. 8.9.00)
Artículos 4 y 5, afectados por el Reglamento de Jueces Adjuntos.
Por Acuerdo Reglamentario 3/2003, de 12 de marzo de 2003 (B.O.E. de 21.3.2003) se modifican los artículos 60.3, 65.j y 71.2.
2/2000Reglamento de los Jueces Adjuntos.25.10.2000
(B.O.E. 7.11.2000).
 
1/2003Reglamento de Estadística Judicial.9.7.2003
(B.O.E. 21.7.2003).
 
2/2003Reglamento 2/2003, para el cumplimiento de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal, en lo relativo a las retribuciones variables por objetivos de los miembros de la carrera Judicial.3.12.2003
(B.O.E. 17.12.2003).
 
    
Véanse, además, las disposiciones derogatorias del acuerdo de 7 de junio de 1995 (B.O.E. 13.7.1995).

B. INSTRUCCIONES DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.

Instrucción nºTítuloFecha de aprobación y publicaciónModificaciones
1/2001Instrucción sobre la presentación de escritos en el Juzgado de Instrucción de guardia.Acuerdo del Pleno del Consejo de 24-1-2001
(B.O.E. 9.2.2001)
 
2/2001Instrucción por la que se aprueba un protocolo de servicio para la coordinación, conexión e interrelación entre los Juzgados y Tribunales y los servicios comunes de actos de comunicación y de ejecución.Acuerdo del Pleno del Consejo de 9-5-2001
(B.O.E. 23.5.2001)
 
3/2001Instrucción sobre la anotación de los procesos civiles de ejecución en los libros de registro de los Juzgados y Tribunales.Acuerdo del Pleno del Consejo de 20-6-2001
(B.O.E. 29.6.2001)
 
4/2001Instrucción sobre el alcance y los límites del deber de auxilio judicial.Acuerdo del Pleno del Consejo de 20-6-2001
(B.O.E. 7.7.2001)
 
5/2001Instrucción sobre remisión anual a los órganos jurisdiccionales de listas de profesionales para su designación judicial como Peritos.Acuerdo del Pleno del Consejo de 19-12-2001
(B.O.E. 29.12.2001)
 
1/2002Instrucción por la que se aprueban los impresos normalizados para su presentación directa por los ciudadanos en los supuestos previstos en el Ley de Enjuiciamiento Civil.Acuerdo del Pleno del Consejo de 5-11-2002
(B.O.E. 14.11.2002)
 
1/2003Instrucción sobre régimen de sustituciones, Magistrados suplentes y Jueces sustitutos.Acuerdo del Pleno del Consejo de 15.1.2003
(B.O.E. 25.1.2003)
 
2/2003Instrucción sobre código de conducta para usuarios de equipos y sistemas informáticos al servicio de la Administración de Justicia.Acuerdo del Pleno del Consejo de 26.2.2003
(B.O.E. 10.3.2003)
 
3/2003Instrucción sobre normas de reparto penales y registro informático de violencia doméstica.Acuerdo del Pleno del Consejo de 9.4.2003
(B.O.E. 15.4.2003)
 
4/2003Instrucción sobre remisión de resoluciones judiciales al Consejo General del Poder Judicial para su recopilación y tratamiento por el Centro de Documentación Judicial.Acuerdo del Pleno del Consejo de 9.4.2003
(B.O.E. 1.5.2003)
 

C. INSTRUCCIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.

Instrucción nºTítuloFecha de aprobación y publicaciónModificaciones
 Instrucción de 29 de junio de 2001, del Presidente del Consejo General del Poder Judicial, por la que se determina el número de candidatos a presentar por las Asociaciones Profesionales de Jueces y Magistrados, y se concretan otros aspectos del proceso de formulación de candidaturas a Vocal del Consejo General del Poder Judicial.29.6.2001
(B.O.E. 30.6.2001)
 

Notas:
Artículo 42 (apdo. 5):
Redacción según Acuerdo de 28 de noviembre de 2007, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que modifica el artículo 42.5 del Reglamento 1/2005, de 15 de agosto, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.
Artículo 49:
Según contexto, la referencia al artículo 799 bis debería entenderse hecha al 797 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula este tipo de citaciones.



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