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Acuerdo Euromediterráneo por el que se establece una asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República del Líbano, por la otra, hecho en Luxemburgo el 17 de junio de 2002.


TÍTULO I.
DIÁLOGO POLÍTICO.

Artículo 3.

1. Se establecerá un diálogo político regular entre las Partes. Este diálogo permitirá establecer entre las Partes vínculos duraderos de solidaridad que contribuyan a la prosperidad, la estabilidad y la seguridad de la región mediterránea y creen un clima de comprensión y tolerancia intercultural.

2. El diálogo y la cooperación políticos están destinados en particular a:

  1. facilitar el acercamiento entre las Partes mediante el desarrollo de una mayor comprensión recíproca y una concertación periódica sobre las cuestiones internacionales de interés mutuo;

  2. permitir a cada Parte tener en cuenta la posición y los intereses de la otra Parte;

  3. contribuir a la consolidación de la seguridad y la estabilidad en la región mediterránea y en el Oriente Próximo en particular;

  4. promover iniciativas comunes.

Artículo 4.

El diálogo político versará sobre todos los temas que presenten interés común para las Partes y examinará en particular las condiciones necesarias para garantizar la paz y la seguridad mediante el apoyo a la cooperación. El diálogo buscará también nuevas formas de cooperación orientadas a la consecución de objetivos comunes.

Artículo 5.

1. El diálogo político tendrá lugar a intervalos regulares y siempre que sea necesario, en particular:

  1. a nivel ministerial, principalmente en el marco del Consejo de Asociación;

  2. a nivel de altos funcionarios del Líbano, por una parte, y de la Presidencia del Consejo y de la Comisión, por otra;

  3. aprovechando plenamente todos los canales diplomáticos y en particular, las reuniones informativas periódicas de funcionarios, las consultas con ocasión de reuniones internacionales y contactos entre representantes diplomáticos en terceros países;

  4. en caso necesario, por cualquier otro medio que pueda contribuir a intensificar y hacer más eficaz el diálogo.

2. Se establecerá un diálogo político entre el Parlamento Europeo y el Parlamento del Líbano.



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