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Acuerdo de 21 de junio de 2004, del Consejo de Coordinación Universitaria, por el que se fijan los límites de precios por estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales para el curso 2004-2005.


El Consejo de Coordinación Universitaria, en sesión de su Comisión de Coordinación de 21 de junio de 2004, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.3.b de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Boletín Oficial del Estado de 24 de diciembre), acuerda:

Los límites de los precios académicos y demás derechos por estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales para el curso 2004-2005 serán:

En todo caso, los precios resultantes por aplicación de estos límites no deberán ser, en relación con los del curso 2003-2004, inferiores al precio más bajo en cualquier estudio de cualquier universidad, ni más elevados que el precio más alto en cualquier estudio de cualquier universidad, incrementado por el IPC, anteriormente citado, más cuatro puntos.

Madrid, 21 de junio de 2004.

 

La Secretaria general,
María Antonia García Benau.



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