Base de Datos de Legislación

Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.


Sumario:

El artículo 20, apartado 1, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario oficial correspondiente.

Por lo que respecta a los ficheros automatizados con datos de carácter personal, este mandato de la Ley Orgánica 15/1999 viene siendo satisfecho por el Banco de España desde su adaptación a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los datos de Carácter Personal, que en su artículo 18 contenía un mandato similar. El instrumento normativo utilizado para ese fin es la Circular 4/1994, de 22 de junio, Ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España, cuyo contenido, que ha sido varias veces actualizado por sucesivas circulares, lo forman las descripciones de todos los ficheros automatizados con datos de carácter personal existentes en el Banco de España.

Recientemente se ha llevado a cabo una revisión general del tratamiento automatizado de datos en el Banco de España, desde el punto de vista del cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley Orgánica 15/1999. La revisión ha evidenciado una doble necesidad:

  1. Deben introducirse diversas modificaciones en todos los ficheros automatizados con datos de carácter personal existentes en el Banco de España, para lograr la plena adaptación a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, y deben actualizarse consecuentemente las descripciones de los ficheros;

  2. deben crearse seis ficheros y suprimirse dos; deben redactarse las descripciones de los ficheros que se crean, uniéndolas a las de los demás ficheros, y deben eliminarse las descripciones de los ficheros que se suprimen.

Dada la importancia y magnitud de las modificaciones a realizar, se ha considerado que es conveniente sustituir la Circular 4/1994 por una nueva, en la cual, además de las descripciones de todos los ficheros, los aspectos expositivos estén igualmente adaptados a la nueva realidad definida por la Ley Orgánica 15/1999.

La nueva Circular conserva la distinción que la Circular 4/1994 hace entre los ficheros que el Banco de España gestiona en atención de las funciones públicas encomendadas al mismo por la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España (Anejo I), y los que gestiona con el único fin de atender su propio funcionamiento interno u operativo (Anejo II).

De acuerdo con esa distinción, cada uno de los ficheros contenidos en el Anejo I incluye una normativa de referencia, indicativa de la que regula con carácter general los aspectos sustantivos de la información a que el fichero se refiere.

Por todo cuanto se expone, el Banco de España, en uso de las facultades que le confiere la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, y de acuerdo con el procedimiento en ella previsto, ha dispuesto:

Norma primera.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se crean, modifican o suprimen los ficheros de tratamiento automatizado que se relacionan en los apartados correspondientes del Anejo complementario de la presente Circular.

Norma segunda.

Las descripciones de los ficheros que se crean o se modifican figuran en los Anejos I, Ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas encomendadas al mismo por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable y II, Ficheros de carácter interno u operativo, de la presente Circular, según el propósito de cada uno de ellos.

Norma tercera.

Con independencia de los potenciales cesionarios que figuran en los apartados Cesiones de datos de carácter personal y Transferencias de datos de carácter personal a países terceros, de las descripciones de los distintos ficheros, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, en la redacción dada al mismo por la Ley 37/1998, de 16 de noviembre, los datos, documentos e informaciones que obren en poder del Banco de España en virtud de cuantas funciones le encomiendan las leyes, tienen carácter reservado, pudiendo, no obstante, ser cedidos a las autoridades, organismos o colectivos enumerados en el apartado 4 del citado precepto.

Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del mencionado artículo, el Banco de España podrá comunicar informaciones relativas a la dirección, gestión y propiedad de las entidades de crédito, así como las que puedan facilitar el control de la solvencia de las mismas y cualquier otra que pueda facilitar su supervisión o sirva para evitar, perseguir o sancionar conductas irregulares, a aquellas autoridades que tengan encomendadas funciones semejantes en Estados extranjeros.

Norma cuarta.

El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición por los afectados titulares de los datos de carácter personal obrantes en los ficheros a los que se refiere la presente Circular podrá hacerse efectivo, en su caso, mediante petición escrita dirigida al Banco de España, calle Alcalá, 48, Madrid, DP 28014.

Las peticiones deberán ir firmadas, y contener nombre y apellidos del solicitante, domicilio completo al cual debe remitirse la contestación, nombre del fichero o ficheros LOPD, derecho cuyo ejercicio se pretende, e identificación de los datos cuya rectificación o cancelación se pretende, en su caso. Al escrito deberá acompañarse fotocopia completa del DNI del titular afectado o, en su defecto, de cualquier documentación acreditativa de su identidad que sea considerada válida en derecho. En el caso de que se actúe a través de representación legal, deberá aportarse, además, copia del D.N.I. o documentación equivalente del representante, así como documento acreditativo de la representación.

Tales peticiones podrán ser presentadas, con carácter general, ante el Registro General del Banco de España, en la dirección antes señalada, así como en las sucursales del Banco, en el caso de presentarse en otras plazas. También podrán ser remitidas por correo postal, a la dirección antes indicada, o por fax, al número 913385320.

Norma final.

La presente Circular entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, quedando en esa misma fecha derogadas las siguientes circulares:

Madrid, 25 de febrero de 2005.

 

El Gobernador,
Jaime Caruana Lacorte.

ANEJO I.
Ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas encomendadas al mismo por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable.

FICHERO

Devolución de retenciones sobre intereses

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestionar las solicitudes de devolución de retenciones practicadas sobre los intereses de la Deuda Pública anotada en cuentas de terceros, presentadas por las entidades gestoras del Mercado de Deuda Pública en anotaciones.

Personas físicas afectadas: Clientes registrados en las cuentas de terceros de entidades gestoras del Mercado de Deuda Pública en anotaciones.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Operaciones.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

FICHERO

Banco de España-Entidad Gestora del Mercado de Deuda Pública Anotada (*)

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Llevanza del registro de los saldos de Deuda del Estado anotada de los titulares que los mantienen en el Banco de España, en su actuación como Entidad gestora del mercado de Deuda Pública anotada.

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las cesiones, actuales o previstas, tienen los siguientes destinatarios:

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Sistemas de Pago.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a la Central de anotaciones de Deuda pública.

FICHERO

Central de Información de Riesgos (*) Redacción según Circular 4/2005, de 23 de diciembre.

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal:

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Responsable del fichero:

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Medidas de seguridad:

FICHERO

Estructura de capital de entidades supervisadas por el Banco de España (*)

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Disponer de la información actualizada de la estructura de capital de entidades supervisadas por el Banco de España.

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Los datos proceden de bancos, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito, sociedades de tasación y establecimientos de cambio de moneda.

El soporte utilizado para su obtención es:

  1. Para entidades de crédito: archivos enviados mediante transmisión electrónica por vía telemática, archivos en soporte magnético/ informático y excepcionalmente, papel.

  2. Para establecimientos de cambio de moneda: papel; en proyecto, mediante transmisión electrónica por vía telemática.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las cesiones, actuales o previstas, tienen como destinatarias a las Comunidades Autónomas con competencias sobre cooperativas de crédito, por lo que se refiere exclusivamente a los socios de estas y al Ministerio de Economía y Hacienda, en cuanto a las transmisiones de acciones de una entidad de crédito que impliquen un cambio de control de la misma.

Cesiones previstas en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, redactado según la Ley 37/1998, de 16 de noviembre.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a la estructura de capital de las entidades de crédito.

FICHERO

Principales agentes por volumen de transferencias de determinados establecimientos de cambio de moneda

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Disponer de la información actualizada de los principales agentes por volumen de transferencias con el exterior de los establecimientos de cambio de moneda.

Personas físicas afectadas: Los principales agentes por volumen de transferencias recibidas u ordenadas al exterior de titulares de establecimientos que realizan operaciones de compra-venta de billetes extranjeros o cheques de viajeros y/o transferencias con el exterior, según los requisitos del anejo 3.5 de la Circular 6/2001.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Los datos proceden de los establecimientos que realizan operaciones de compraventa de billetes extranjeros o cheques de viajeros y/o transferencias con el exterior.

El soporte utilizado para su obtención es:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las previstas en el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, redactado según la Ley 37/1998, de 16 de noviembre.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

FICHERO

Tasadores más activos y principales clientes de las sociedades y servicios de tasación. Redacción según Circular 4/2005, de 23 de diciembre.

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal:

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Responsable del fichero:

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Medidas de seguridad:

FICHERO

Registro de agentes de entidades supervisadas por el Banco de España (*)

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Relación de agentes con poderes para actuar habitualmente frente a los clientes, en nombre y por cuenta de las entidades de crédito y de los Titulares de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera autorizados para gestionar transferencias con el exterior.

Personas físicas afectadas: Los que hayan recibido poderes de las entidades para actuar habitualmente frente a los clientes en nombre y por cuenta de aquéllas, siempre que no estén ligadas por una relación laboral.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Instituciones Financieras.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a los agentes de entidades de crédito.

FICHERO

Registros oficiales de altos cargos de entidades inscritas en el Banco de España (*)

Normativa de referencia: La normativa de referencia sobre requisitos de acceso a la condición de alto cargo y sobre incompatibilidades, prohibiciones y limitaciones aplicables a éstos varía según el estatuto de la entidad de que se trate. El régimen disciplinario aplicable a los altos cargos de las entidades de crédito se contiene en la Ley 26/1988, de 29 de julio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Varía según el estatuto jurídico de las entidades, desde conocimiento y constancia de altos cargos de las Cajas de Ahorro a Registro de las personas que ostentan cargos en la administración y dirección del resto de entidades supervisadas con control de requisitos de acceso, incompatibilidades, prohibiciones y limitaciones en el desempeño de cargos y la anotación de las sanciones impuestas a aquéllas por la comisión de infracciones administrativas.

Personas físicas afectadas: Personas con cargos directivos y de administración en entidades de crédito y otras entidades inscritas en los Registros a cargo del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las cesiones tienen como destinatarios a:

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Instituciones Financieras: Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a los Registros oficiales de altos cargos de entidades inscritas en el Banco de España.

FICHERO

Registro de profesionales vinculados a las sociedades de tasación supervisadas por el Banco de España (*)

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión de los datos de profesionales facultativos vinculados, según definición dada en el artículo 2.3 del Real Decreto 775/1997, comunicados por Entidades especializadas en tasación, y por los servicios de tasación de las Entidades prestamistas de acuerdo con la normativa de referencia.

Personas físicas afectadas: Los profesionales facultativos que presten sus servicios permanentemente en/o para las entidades especializadas en tasación o entidades prestamistas.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Instituciones Financieras.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

(*) Nombre anterior: Datos personales incluidos en el registro de entidades especializadas en tasación.

FICHERO

Registro de titulares de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera (*)

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Datos de carácter público con finalidad de Control y registro de titulares de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera.

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las cesiones actuales tienen como destinatario al Servicio Ejecutivo de la Comisión PBCIM.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Instituciones Financieras.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes al registro de establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera.

FICHERO

Balanza de Pagos y transacciones económicas con el exterior (*)

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal:

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se producen transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Balanza de Pagos.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a la Balanza de pagos y transacciones económicas con el exterior.

FICHERO

Servicio de Reclamaciones (*)

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las cesiones tienen por destinatarias las entidades reclamadas o las implicadas en la queja o reclamación, así como, a la Agencia Española de Protección de Datos, al Comisionado para la defensa del Inversor, el Comisionado para la defensa del Asegurado y del Partícipe de Planes de Pensiones, y al Ministerio de Economía y Hacienda que asume la responsabilidad de establecer los mecanismos de comunicación telemática entre los diferentes Comisionados y sus respectivos servicios de reclamaciones o unidades administrativas (Disposición adicional única del Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero), no siendo preciso el consentimiento del afectado (artículo 11.2. letra c de la LOPD).

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: Podrán efectuarse transferencias a los distintos organismos del Espacio Común Europeo competentes para la resolución extrajudicial de litigios transfronterizos entre consumidores y proveedores de servicios en el ámbito de los servicios financieros, integrados en la red FIN-NET.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Reclamaciones.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes al Servicio de reclamaciones.

FICHERO

Expedientes sancionadores

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Tramitación de expedientes sancionadores por el Banco de España en el ejercicio de sus funciones de supervisión, atribuidas por las disposiciones legales vigentes, sobre la solvencia, actuación y cumplimiento de la normativa específica de las entidades de crédito y de cualesquiera otras actividades, entidades y mercados financieros cuya supervisión le haya sido atribuida.

Personas físicas afectadas: Podrán estar afectadas las siguientes personas físicas que sean objeto de expediente sancionador:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Ministerio de Economía y Hacienda.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento Jurídico.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

FICHERO

Expedientes de la Central de Información de Riesgos. Añadido por Circular 4/2005, de 23 de diciembre.

Normativa de referencia:

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal:

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Responsable del fichero:

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Medidas de Seguridad:

ANEJO II.
Ficheros de carácter interno u operativo.

FICHERO

Cambios de moneda extranjera (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Emisión y Caja.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a los cambios de moneda extranjera.

FICHERO

Determinadas operaciones de efectivo

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas:

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Emisión y Caja.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

FICHERO

Operaciones de cuentas corrientes y depósito de valores (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión de las operaciones de cuentas corrientes y de valores.

Personas físicas afectadas: Titulares y apoderados de cuentas en el Banco de España, así como ordenantes y beneficiarios de operaciones.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las cesiones, actuales o previstas, tienen los siguientes destinatarios:

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Sistemas de Pago.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a las operaciones de cuentas corrientes y depósito de valores.

FICHERO

Operaciones exteriores (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Tramitación de órdenes de cobro y pago en divisas.

Personas físicas afectadas: Beneficiarios de transferencias ordenadas por Bancos, Organismos internacionales, Administraciones públicas y empleados del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las cesiones, actuales o previstas, tienen como destinatarias a las entidades de crédito nacionales o extranjeras a las que se dirige la transferencia.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: Entidades de crédito extranjeras.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Sistemas de Pago.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a las operaciones exteriores.

FICHERO

Proveedores y clientes de bienes y servicios no financieros (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas: Proveedores y clientes de bienes y servicios no financieros.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Los datos proceden:

Los datos se recogen mediante declaraciones escritas, formularios y facturas.

El soporte utilizado para la obtención de los datos es papel.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las cesiones, actuales o previstas, tienen como destinatarias a las Administraciones Públicas con competencias tributarias.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Administración e Inmuebles.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a los proveedores y clientes de bienes y servicios no financieros.

FICHERO

Registro de entrada y salida de documentos (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión de las operaciones de registro de documentos que tienen lugar en el Registro General de entrada y salida del Banco de España.

Personas físicas afectadas: Personas físicas que son presentadoras o destinatarias de documentos que figuran en el Registro General de entrada y salida del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Administración e Inmuebles.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes al Registro de entrada y salida de documentos.

FICHERO

Suscriptores del servicio de publicaciones (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión de suscripciones a las publicaciones del Banco de España.

Personas físicas afectadas: Suscriptores de publicaciones del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Administración e Inmuebles.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a los suscriptores del Servicio de publicaciones.

FICHERO

Declaraciones del Código de Conducta del Banco de España

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Archivo de las declaraciones formuladas por los empleados del Banco de España que se considera, según el Código de Conducta del propio Banco, que pueden tener acceso a información privilegiada, para que, cuando hubiera razones fundadas que lo justifiquen, puedan ser utilizadas para supervisar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo.

Personas físicas afectadas: Empleados del Banco de España que se considera pueden tener acceso a información privilegiada.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Departamento de Auditoria Interna.

Medidas de seguridad: Nivel: Medio.

FICHERO

Certificados electrónicos

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas: Personal del Banco de España y personal externo al cual, por su relación con el Banco de España, se le asignen certificados electrónicos.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Sistemas de información.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

FICHERO

Gestión de personal (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión de recursos humanos; nóminas de activos y pasivos, préstamos, anticipos y otros beneficios sociales.

Personas físicas afectadas: Empleados (activos y pasivos) y colaboradores del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: Las cesiones, actuales o previstas, tienen como destinatarios a las Administraciones Públicas con competencias tributarias, al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a otros destinatarios con consentimiento de los afectados cuando resulte legalmente preceptivo (Servicios Médicos de la Banca Oficial como entidad colaboradora de la Seguridad Social, Mutualidad de Empleados del Banco de España, Fondo de pensiones de empleados del Banco de España, Asociación Benéfica de Empleados del Banco de España, Club Deportivo del Banco de España, Sanitas S.A., Caser Salud Compañía de Seguros, S.A, Estrella S.A de Seguros y Reaseguros, empresas concesionarias de la gestión de las residencias de Roda de Bará y Cercedilla, hoteles concertados, agencias de viajes y sindicatos con representación en el Banco de España).

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Recursos Humanos y Organización.

Medidas de Seguridad.

Nivel: Alto.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a la Gestión de personal.

FICHERO

Selección y formación del personal (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión de la selección y formación, con dos vertientes: El tratamiento de candidatos, becarios, empleados y otras personas a quienes el Banco pueda impartir formación; así como las relaciones con los proveedores de la enseñanza y selección.

Personas físicas afectadas: Candidatos, empleados, becarios, profesores, otras personas a quienes el Banco pueda impartir formación y proveedores.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: La cesiones, actuales o previstas, tienen como destinatarias a las Administraciones Públicas con competencias tributarias.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: Se prevé la transferencia de datos a países de la Unión Europea, Suiza y EEUU. Los organismos a los que se prevé dicha transferencia son, entre otros: Banco Central Europeo, Bancos Centrales Nacionales de la Unión Europea, Comisión Europea, Comité de Supervisores de Bancos Europeos, Banco Internacional de Pagos, Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial y Reserva Federal.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Recursos Humanos y Organización.

Medidas de Seguridad.

Nivel: Medio.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a la selección y formación del personal.

FICHERO

Gestión de la biblioteca del Banco de España (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Control del acceso y utilización de los servicios de la biblioteca del Banco de España.

Personas físicas afectadas: Usuarios de la biblioteca del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Departamento de Coyuntura y Previsión Económica.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a la gestión de la biblioteca del Banco de España.

FICHERO

Prevención de riesgos laborales

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: En relación con el uso de pantallas de visualización de datos por los empleados del Banco de España.

  1. Formación para el uso.

  2. Evaluación del uso.

Personas físicas afectadas: Empleados del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

FICHERO

Servicios médicos de empresa (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Personas físicas afectadas: Empleados del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Medidas de seguridad): Nivel: Alto.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a los Servicios médicos de empresa.

FICHERO

Control de acceso y permanencia en edificios del Banco de España (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Control de la seguridad de los edificios e instalaciones del Banco de España.

Personas físicas afectadas: Las personas no pertenecientes a la plantilla del Banco de España que accedan a zonas de sus edificios e instalaciones no abiertas al público en general y las que presten servicios en dichas zonas durante distintos períodos.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Seguridad.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes al control de acceso físico a edificios.

FICHERO

Emisión de tarjetas de identificación

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Emisión de las tarjetas de identificación del personal interno, así como los colaboradores y personal de empresas contratadas que realizan su trabajo en las instalaciones del Banco de España.

Personas físicas afectadas: Personal del Banco de España y personal externo.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se prevén cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se prevén transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Seguridad.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

FICHERO

Consultas del archivo (*)

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo: Gestión de las consultas del Archivo del Banco de España.

Personas físicas afectadas: Las que realicen o hayan realizado consultas del Archivo del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Cesiones de datos de carácter personal: No se producen cesiones.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros: No se producen transferencias.

Responsable del fichero: Banco de España.

Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría General.

Medidas de seguridad: Nivel: Básico.

(*) Nombre anterior: Datos correspondientes a consultas del archivo.

ANEJO COMPLEMENTARIO.
Relación de ficheros que se crean, modifican o suprimen mediante la presente Circular.

1. Ficheros que se crean.

2. Ficheros que se modifican.

3. Ficheros que se suprimen.

Notas:
Anejo I (fichero Expedientes de la Central de Información de Riesgos):
Añadido por Circular 4/2005, de 23 de diciembre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.
Anejo I (fichero Central de Información de Riesgos y fichero Tasadores más activos y principales clientes de las sociedades y servicios de tasación):
Redacción según Circular 4/2005, de 23 de diciembre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.


[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.