Convenio basado en el artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea por el que se crea una oficina europea de policía (Convenio Europol), hecho en Bruselas el 26 de julio de 1995. | |
Las altas partes contratantes del presente Convenio, Estados miembros de la Unión Europea,
Considerando el acto del Consejo de fecha ...
Conscientes de los problemas urgentes que plantean el terrorismo, el tráfico ilícito de drogas y otras formas graves de delincuencia internacional;
Considerando que es necesario realizar avances en la solidaridad y la cooperación entre los Estados miembros de la Unión Europea, en particular mejorando la cooperación policial entre ellos;
Considerando que el propósito de dichos avances es poder mejorar más aún la protección del orden y la seguridad públicos;
Considerando que en el Tratado de la Unión Europea, de 7 de febrero de 1992 se convino la creación de una Oficina Europea de Policía (Europol);
Considerando la Decisión del Consejo Europeo de 29 de octubre de 1993, que dispone que Europol se establezca en los Países Bajos y tenga su sede en La Haya;
Recordando el objetivo común consistente en lograr una mejora de la cooperación policial en el ámbito del terrorismo, del tráfico ilícito de drogas y de otras formas graves de delincuencia internacional mediante un intercambio de información permanente, seguro e intensivo entre Europol y las unidades nacionales de los Estados miembros;
Teniendo en cuenta que las formas de cooperación establecidas en el presente Convenio no deben afectar a otras formas de cooperación bilateral o multilateral;
Convencidas de que la cooperación policial es uno de los ámbitos en que ha de concederse particular atención a la protección de los derechos del individuo, en particular a la protección de sus datos personales;
Considerando que las actividades de Europol con arreglo al presente Convenio no afectan a las competencias de las Comunidades Europeas; que Europol y las Comunidades Europeas comparten dentro de la Unión Europea un mismo interés en que se establezcan unas formas de cooperación que permitan a ambas ejercer con la máxima eficacia sus respectivas funciones;
Han convenido en lo siguiente:
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