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Instrumento de Adhesión de España a la Convención para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), hecho en Washington el 31 de mayo de 1949 (publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 181 de 30 de julio de 2003).


Juan Carlos I,
Rey de España

Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución y, por consiguiente, cumplidos los requisitos exigidos por la Legislación española, extiendo el presente Instrumento de Adhesión de España a la Convención para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), hecho en Washington el 31 de mayo de 1949 para que mediante su depósito y, de conformidad con lo dispuesto en su Artículo V (3), España pase a ser Parte de dicha Convención.

En fe de lo cual firmo el presente Instrumento, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Dado en Madrid, a 10 de enero de 2005.

- Juan Carlos R. -

 

El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación,
Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé.

ESTADOS PARTE

 Fecha depósito
instrumento
Entrada en vigor
Costa Rica (1, 2)03-03-1950 R03-03-1950
29-05-1989 R29-05-1989
Canadá (3)03-10-1967 AD03-10-1967
Ecuador (4, 5)07-04-1961 AD07-04-1961
03-07-1997 AD03-07-1997
El Salvador27-10-1997 AD27-10-1997
España27-01-2005 AD27-01-2005
Estados Unidos03-03-1950 R03-03-1950
Francia22-05-1973 AD22-05-1973
Guatemala27-06-2000 AD27-06-2000
Japón25-06-1970 AD25-06-1970
México (6, 7)29-01-1964 AD29-01-1964
04-06-1999 AD04-06-1999
Nicaragua06-11-1973 AD06-11-1973
Panamá21-09-1953 AD21-09-1953
Perú27-06-2002 AD27-06-2002
Vanuatu10-09-1990 AD10-09-1990
Venezuela10-06-1992 AD10-06-1992

R: Ratification. AD: Adhesión.

(1) Denuncia de la Convención por Costa Rica recibida el 27 abril 1978, con efecto 27 abril 1979.
(2) Costa Rica reanuda su participación en la Comisión, con efecto el 29 mayo 1989.
(3) Denuncia de la Convención por Canadá recibida el 17 mayo 1983, con efecto 17 mayo 1984.
(4) Denuncia de la Convención por Ecuador recibida el 21 agosto 1967, con efecto 21 agosto 1968.
(5) Ecuador reanuda su participación en la Comisión, con efecto 3 julio 1997.
(6) Denuncia de la Convención por México recibida el 8 noviembre 1977, con efecto 8 noviembre 1978.
(7) México reanuda su participación en la Comisión, con efecto 4 junio 1999.

 

La presente Convención que se aplicaba provisionalmente desde el 6 de junio de 2003, entró en vigor de forma general el 3 de marzo de de 1950 y para España el 27 de enero de 2005, de conformidad con lo establecido en su artículo V.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 17 de febrero de 2005.

 

El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Francisco Fernández Fábregas.



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