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Orden INT/529/2007, de 8 de marzo, por la que se determinan los modelos de sobres e impresos comunes a utilizar en los procesos electorales que se celebrarán el día 27 de mayo de 2007.


Sumario:

El Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, habilita en su artículo 5.4 al Ministerio del Interior para que, en el supuesto de coincidencia de procesos electorales y a efectos de su coordinación, modifique los impresos que figuran en los anexos 4 a 11 del citado Real Decreto.

Por su parte, el artículo 25.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, establece que en el supuesto de concurrencia de elecciones, la Mesa Electoral es común para todas ellas, por lo tanto, el procedimiento para la formación de las mismas habrá de ser único.

El próximo 27 de mayo de 2007 se producirá la coincidencia de las Elecciones Locales con las Elecciones a Cabildos Insulares Canarios, a Asambleas Legislativas de trece Comunidades Autónomas (Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Navarra, Región de Murcia, La Rioja y Comunidad Valenciana), a Asambleas de Ceuta y Melilla, a Juntas Generales de los Territorios Históricos del País Vasco, a Concejos de Navarra, a Consejo General del Valle de Arán y a los Consejos Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza.

En virtud de lo anterior, se hace necesario precisar qué impresos serán comunes en estos procesos electorales y cuáles, por el contrario, deberán estar singularizados para uno u otro, todo ello, de conformidad con la doctrina de la Junta Electoral Central al respecto.

Se ha considerado necesario también incluir los modelos de sobres que serán también comunes, por tener una relación directa con los impresos modificados. La única adaptación efectuada sobre ellos ha sido suprimir la referencia a un proceso electoral en concreto.

En su virtud, previo informe de la Junta Electoral Central, dispongo:

Artículo único. Sobres e impresos comunes a utilizar en las elecciones de 27 de mayo de 2007.

1. De los sobres e impresos comunes recogidos en los anexos 4 a 11 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, serán comunes para las elecciones a celebrar el 27 de mayo de 2007, los siguientes:

  1. Sobres:

  2. Impresos:

2. Los restantes impresos y sobres a utilizar el día 27 de mayo de 2007, estarán singularizados para cada proceso electoral.

3. Los impresos y sobres comunes se identificarán mediante el término Elecciones Mayo 2007.

4. El impreso C.9.1, Lista numerada de votantes, del anexo 9 del Real Decreto 605/1999, se ajustará al modelo recogido en el anexo I de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificación de los impresos C.7.4 y C.7.6 del anexo 7 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de Regulación Complementaria de los Procesos Electorales.

Se modifican los impresos C.7.4 (Nombramiento de miembros de Mesa) y C.7.6 (Citación a los miembros de las Mesas Electorales) del anexo 7 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de Regulación Complementaria de los Procesos Electorales, que quedan sustituidos por los que se recogen en el anexo II de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 8 de marzo de 2007.

 

El Ministro del Interior,
Alfredo Pérez Rubalcaba.

Notas:
Anexos omitidos. Pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado número 60, de 10 de marzo de 2007.


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