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Aplicación provisional del Protocolo de modificación del Convenio entre el Reino de España y la Federación de Rusia sobre actividades de los Centros Culturales de 15 de noviembre de 2001, hecho en Moscú el 24 de septiembre de 2007.


Sumario:

PROTOCOLO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA FEDERACIÓN DE RUSIA SOBRE ACTIVIDADES DE LOS CENTROS CULTURALES DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2001.

Las Partes en el Convenio entre el Reino de España y la Federación de Rusia sobre actividades de los Centros Culturales de 15 de noviembre de 2001 (en lo sucesivo: el Convenio),

Conscientes de la importancia que adquiere para ambos países la presencia en sus territorios de Centros Culturales que contribuyan a la difusión del patrimonio cultural y las lenguas de la otra Parte,

Conscientes de la necesidad de que los Centros Culturales ejerzan sus funciones con la mayor eficacia,

Y deseando concretar su intención de cooperar en esta materia, en especial, a través de la concesión de determinadas exenciones a los Centros Culturales,

Han convenido lo siguiente:

Artículo 1.

Se introducirán las siguientes modificaciones en el Convenio:

1. El Artículo II del Convenio se redactará en los siguientes términos:

2. En el segundo párrafo del Artículo III se deberá sustituir las palabras adjunto al Gobierno de la Federación de Rusia por las siguientes palabras: adjunto al Ministerio de Asuntos Exteriores de la Federación de Rusia.

3. Se excluirá el segundo párrafo del Artículo V.

4. El Artículo X debe ser complementado por las siguientes palabras: salvo que por el presente Convenio se prevea otra cosa.

5. El primer párrafo del Artículo XII del Convenio se sustituirá por el siguiente texto:

6. Se incluirá en el Convenio el Artículo XII bis redactado como sigue:

Artículo 2.

El Presente Protocolo se aplicará de forma provisional desde la fecha de su firma, a excepción del apartado 6 del artículo 1.

El presente Protocolo entrará en vigor el día de la última notificación por escrito del cumplimiento por ambas Partes de los respectivos procedimientos estatales internos necesarios para la entrada en vigor del mismo.

Hecho en Moscú el 24 de septiembre de 2007, en dos ejemplares, en idiomas español y ruso, siendo ambos textos igualmente auténticos.

Por el Reino de EspañaPor la Federación de Rusia
Javier Elorza Cavengt
Embajador de España en la Federación de Rusia
Alexander V. Grushko
Viceministro de Asuntos Exteriores de la Federación de Rusia

 

El presente Protocolo de modificación del Convenio entre el Reino de España y la Federación de Rusia sobre actividades de los Centros culturales de 15 de noviembre de 2001, se aplica provisionalmente (a excepción del apartado 6 del artículo 1) desde el 24 de septiembre de 2007, fecha de su firma, según se establece en su artículo 2.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 16 de octubre de 2007.

 

El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación,
Francisco Fernández Fábregas.



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