Base de Datos de Legislación

Resolución de 30 de mayo de 2006, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se publica el Acuerdo de 28 de abril de 2006, del Consejo de Administración del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias por el que se modifica la composición y funciones de la Mesa de contratación.


Sumario:

El Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 16.1.h de su Estatuto, acordó por unanimidad, en su sesión de 28 de abril de 2006, modificar el apartado primero del Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 25 de febrero de 2005, por el que se establece la composición y funciones de la mesa de contratación para los contratos del ámbito de su competencia.

Procede por tanto, según determina el artículo 79.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la publicación de dicho Acuerdo, que figura como Anexo a esta Resolución.

Madrid, 30 de mayo de 2006.

 

La Secretaria General de Infraestructuras,
Josefina Cruz Villalón.

ANEXO.
Acuerdo de 28 de abril de 2006 del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias por el que se acuerda modificar el apartado primero del Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 25 de febrero de 2005, por el que se establece la composición y funciones de la Mesa de contratación para los contratos del ámbito de su competencia

El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, en su sesión celebrada el 28 de abril de 2006, ha adoptado, por unanimidad, el siguiente Acuerdo:

Modificar el apartado primero del Acuerdo del Consejo de Administración de 25 de febrero de 2005, por el que se establece la composición y funciones de la Mesa de Contratación para los contratos del ámbito de su competencia, y que queda redactado en los siguientes términos:

Primero.

Establecer la composición básica de la Mesa de Contratación del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, para los contratos del ámbito de la competencia del Consejo de Administración, de conformidad con lo que a continuación se expone:

En caso de vacante, ausencia o enfermedad, cuando concurra alguno de los supuestos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, u otra causa legal que impida asistir a la Mesa de Contratación al Presidente, le suplirá la persona, con nivel de jefatura o superior, designado por la Dirección responsable de la Contratación y Compras de la Dirección General que hubiera promovido la celebración del contrato, o, en su caso, cuando la Presidencia de la Mesa corresponda a la Dirección de Compras y Contratación de la Dirección General Económico Financiera y de Control, una persona, con nivel de jefatura o superior, designado por dicha Dirección.

Cuando las circunstancias expuestas impidan asistir a la Mesa de Contratación al Secretario designado, le suplirá la persona de la Dirección a la que corresponda la Presidencia de la Mesa que, ostentando al menos igual categoría que aquél, sea designado por el Titular de la citada Dirección; en su caso, cuando la Presidencia de la Mesa corresponda a la Dirección de Compras y Contratación de la Dirección General Económico Financiera y de Control, una persona, con nivel equivalente al Secretario titular, designado por dicha Dirección.

La designación de los Vocales se realizará por los órganos con competencia para ello tras la recepción de la convocatoria de la correspondiente Mesa de Contratación.

Asimismo, se acuerda la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.



[Aviso Legalhttp://noticias.juridicas.com 
Leggio, Contenidos y Aplicaciones Informáticas, S.L. 
Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares.