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Instrumento de Ratificación del Convenio entre España y Francia para evitar la doble imposición y establecer normas de asistencia administrativa recíproca en materia de impuestos sobre la renta e impuestos sobre las herencias.


Sumario:

FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE
JEFE DEL ESTADO ESPAÑOL,
GENERALÍSIMO DE LOS EJÉRCITOS NACIONALES

Por cuanto el día 8 de enero de 1963 el Plenipotenciario de España firmó en Madrid, juntamente con el Plenipotenciario de Francia, nombrado en buena y debida forma al efecto, un Convenio entre España y Francia para evitar la doble imposición y establecer normas de asistencia administrativa recíproca en materia de impuestos sobre la renta e impuestos sobre las herencias, cuyo texto certificado se inserta seguidamente:

El Jefe del Estado Español y el Presidente de la República Francesa, deseando evitar en la medida de lo posible la doble imposición y establecer normas de asistencia recíproca en materia de impuestos sobre la renta e impuestos sobre las herencias, han decidido concluir un Convenio y han nombrado a tal efecto como Plenipotenciarios:

El Jefe del Estado Español: Al excelentísimo señor don Fernando María Castiella y Maíz, Ministro de Asuntos Exteriores de España;

El Presidente de la República Francesa: Al excelentísimo señor Armand du Chayla, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Francia en Madrid.

Los cuales, después de haber canjeado sus Plenipotencias y haberlas encontrado en buena y debida forma, han convenido las disposiciones siguientes:



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